El problema es que es legal, dijo nuestro profesor durante una reunión de reporteros, mientras conversábamos sobre la liquidación de 1.2 millones de pesos que cobró el actual presidente del PRI, Enrique Ochoa Reza, al dejar el servicio público.
Y sí, la liquidación de Ochoa fue legal. También lo fue la de otros tres funcionarios que dirigieron la Comisión Federal de Electricidad (CFE) antes que él, según un reportaje de Animal Político.
¿Cómo pudo serlo, cuando él renunció, no lo despidieron y se fue por su cuenta?
Estas preguntas asaltarán naturalmente a cualquiera que haya vivido la experiencia de abandonar voluntariamente un empleo para iniciar en otro. La regla que aplican muy bien los encargados de recursos humanos, suele ser que si uno decide marcharse recibirá alguna parte de su aguinaldo, vacaciones, en algunos casos una pequeña liquidación y su sueldo. Eso es todo.
¿Por qué Ochoa Reza recibió una liquidación que equivalía a nueve meses de su sueldo?
Por un procedimiento legal, aprobado en 2002, que obliga a los funcionarios de mando de la secretaría a aceptar las reglas de un Manual de empleados. Este Manual los exime de las obligaciones y beneficios del contrato colectivo de trabajo, que sí tienen los sindicalizados de la CFE.
Una diferencia clave de este manual es la “compensación garantizada”, una figura que benefició a Ochoa Reza. Otros trabajadores de la Comisión, que laboraron allí durante décadas bajo el contrato colectivo de trabajo y luego fueron cambiados súbitamente a las reglas del Manual, no han tenido la misma opinión que Ochoa sobre la legalidad y eficacia de estas reglas.
Varios juicios que han llegado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuyos expedientes son públicos y fácilmente accesibles en línea en los archivos de la Corte, han increpado la constitucionalidad de algunas cláusulas de este Manual.
Los reclamos coinciden en el hecho de que varios empleados no estaban de acuerdo con jubilarse con la “compensación garantizada” porque preferían las reglas con las que sirvieron a la Comisión bajo el contrato colectivo. Entre sus argumentos está que luego de la aprobación del Manual les aplicó -sin opción- las nuevas reglas para mandos superiores. Otros decían que el Manual fue elaborado de forma unilateral por la CFE, entonces dirigida por Alfredo Elías Ayub.
La liquidación de Ochoa Reza, como documentaron varios medios a partir de una filtración a la plataforma Mexicoleaks, fue cobrada por el funcionario a pesar de haber renunciado a su puesto al que llegó apenas dos años antes, para dirigir su partido.
Los otros empleados, quienes estuvieron en la misma institución al menos 20 años más que Ochoa Reza, consideraban que las reglas de cobro de los sindicalizados eran mejores.
A pesar de que la SCJN determinó en uno de los casos que “sí hay tema de constitucionalidad, aunque carente de importancia y trascendencia”, los recursos fueron desechados y el Manual no solo sigue siendo legal, sino también constitucional, de acuerdo con los documentos revisados para esta columna.
Los cobros, sin embargo, no dan total razón a estas resoluciones. Los jueces han determinado recalcular las jubilaciones, las compensaciones y los bonos conforme a los reclamos de los exempleados.
A pesar de esta legalidad probada y reforzada por la Corte, aún subyace en el caso revelado a través de Mexicoleaks un cuestionamiento moral, que palidece una y otra vez en el debate público mexicano.
Era legal, sí, pero, ¿debió cobrar ese monto el funcionario que ha usado la lucha anticorrupción como bandera partidista? Más aún, ¿debió esgrimir que el cobro era correcto, a pesar de que otros empleados deben pasar años de litigios laborales para llegar a liquidaciones que consideran injustas y están reguladas bajo el mismo Manual que benefició a Ochoa Reza?
La cuestión de una corrupción legalizada y sistémica en México es un asunto serio y que felizmente, cada vez más ocupa a la prensa y a las organizaciones civiles.
El propio Ochoa Reza opinó que la legalidad también debía revisarse y cuestionarse. “El buen juez por su casa empieza y debemos ser certeros respecto a las decisiones que se han tomado en los estados con los sistemas locales anticorrupción”, afirmó en una de sus primeras entrevistas luego de ser nombrado como presidente nacional del PRI, con Adela Micha.
En México, muchos de los casos de corrupción más evidentes han estado fincados en acciones legales, amparadas por reglas que han sido legisladas conforme a un procedimiento correcto, que ha cumplido todos los pasos requeridos, en el gobierno federal y en los estados.
Entre estas acciones de las que se ha argumentado públicamente su legalidad están, entre muchos otros ejemplos, los contratos que otorgó el gobierno de Javier Duarte de Ochoa en Veracruz a empresas que tenían todos sus documentos en regla pero no realizaban operaciones reales, más que en el papel; los recursos que han canalizado los legisladores del Partido Acción Nacional a los municipios mediante la petición de “moches”; la inversión de 802 millones de pesos dinero público que realizó el gobierno de Chihuahua en el banco Unión Progreso, del que es accionista el gobernador César Duarte; la normalidad con la que continuaron operando en Iguala los negocios del exalcalde postulado por el PRD José Luis Abarca y su esposa, cuando fueran detenidos y acusados en el caso de la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa; la imposibilidad de que la primera dama Angélica Rivera deba dar cuentas sobre los créditos hipotecarios y préstamos que recibió de amigos de su esposo.
El control que ejerce la mayoría de los gobernadores sobre sus congresos legales, y los acuerdos políticos que cada legislatura se repiten en el congreso federal, permiten que la prensa y los opositores contabilicen en cada gobierno un número creciente de nuevas legislaciones que claramente benefician intereses específicos.
Así vemos como se aprueban leyes locales y federales que perpetúan la discrecionalidad en el gasto, que colocan fiscales con la encomienda de ocultar huecos en las auditorías, que deslindan responsabilidades al ejecutivo ante alguna investigación de conflicto de intereses, que ponen trabas efectivas a la transparencia.
Algunos de los lectores de esta columna seguramente pensarán que no deben soslayarse los avances en rendición de cuentas que se han logrado en los últimos tres lustros. Sin embargo, considero que apuntar y cuestionar la legalidad que ampara muchos de los actos que permiten y alientan la corrupción, abrirá nuevos espacios de debate, más encaminados a soluciones de fondo.
Entre ellos, y a riesgo de desviarme demasiado, quizá el más urgente no esté siquiera en la liquidación millonaria de Ochoa Reza, sino en las cuotas de consignados que ya son un hecho en la aplicación del nuevo –y legal- sistema penal acusatorio y están llevando, aún hoy, a muchos inocentes a procesos judiciales legales, aunque injustos.